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Legislación Nacional sobre Fauna Silvestre
. De la Conservación de la Fauna Silvestre
II . Decreto Nacional 666/97. S.R.N. y D.S.
.
Reglamentario de la Ley 22.421
III . Resoluciones
a) Programas de Manejo Sustentable de
especies de la fauna silvestre sujetas a comercio significativo
Resolución 216/96. S.R.N. y A.H.
Establece requisitos que deben cumplir
exportadores de cueros de Tupinambis spp.
Resolución 425/97. S.R.N. y D.S.
Crea el Programa de Manejo Sustentable
de la especie Loro Hablador (Amazona aestiva).
Resolución 1351/99. S.R.N. y D.S.
Establécense las condiciones de
extracción, transporte y acopio para ejemplares de Loro Hablador (Amazona
aestiva). Modificación del artículo 7 de la Res. Nº 425/97.
Resolución 1355/99. S.R.N. y D.S.
Establécense las zonas de extracción
de la especie Amazona aestiva con destino de comercio interprovincial, federal
o internacional y las cantidades máximas de ejemplares a extraer en el
período comprendido entre el 1º de diciembre de 1999 y el 31 de
julio del 2000.
Resolución 220/98. S.R.N. y D.S.
Crea el Programa de Manejo Sustentable
de la especie Guanaco (Lama guanicoe).
Resolución 305/98. S.R.N. y D.S.
Crea el Programa de Manejo Sustentable
de la especie Nutria (Myocastor coipus).
Resolución 414/99. S.R.N. y D.S.
Establece un cupo de exportación
de cueros para la especie Coipo (Myocastor coypus).
Resolución 805/99. S.R.N. y D.S.
Fija cupo de exportación de distintas
especies de psitácidos para el período 1999-2000. Reemplaza Res.
555/98
Resolución 1369/99. S.R.N. y D.S.
Establece cupo de exportación de cueros de Tupinambis para el período 1999-2000 como aspecto del Plan de Manejo. Reemplaza Res. 1090/98
b) Restricciones al Comercio Interprovincial e Internacional de especies de la fauna silvestre
Resolución 62/86. S.A.G. y P.
Suspende la exportación, comercialización
en jurisdicción federal, y el tráfico interprovincial de ejemplares
vivos de todas las especies de la fauna autóctona y criadas en cautiverio
con excepción de todas las consideradas dañinas o perjudiciales.
Resolución 24/86. S.A.G. y P.
Prohibe la exportación, tránsito
interprovincial y la comercialización en jurisdicción federal
de ejemplares vivos o subproductos de boa ampalagua (Boa constrictor occidentalis),
boa curiyú (Eunectes notaeus) y ñandú (Rhea americana).
Resolución 532/90. S.A.G. y P.
Autoriza la comercialización internacional,
tránsito interprovincial y comercio en jurisdicción federal, de
los cueros de Ñandú (Rhea americana) que se encontraban acreditados
con anterioridad a la fecha de publicación en el Boletín 0ficial
de la Resolución 24/86 S.A.G. y P.
Resolución 53/91. S.A.G. y P.
Prohíbese la importación
de productos de las siguientes especies y subespecies de la fauna silvestre:
Aonyx capensis; Enhydra lutris; Rhea americana; Caiman crocodylus; Python reticulatus
entre otras.
Resolución 333/96 S.R.N. y A.H.
Autoriza la exportación de cueros
enteros de Boa Curiyú (Eunectes notaeus) que se hallaren acreditados
con anterioridad a la fecha de publicación en el Boletín 0ficial
de la Res. 24/86 S.A.G. y P.
Resolución 63/86. S.A.G. y P.
Prohibe la exportación, tránsito
interprovincial y la comercialización en jurisdicción federal
de ejemplares vivos o subproductos de felinos autóctonos.
Resolución 793/87. S.A.G. y P.
Prohibe la exportación, tráfico
interprovincial y la comercialización en jurisdicción federal
de productos y subproductos de Zorrinos, Pecaríes y Yacaré, entre
otros.
Resolución 1095/99. S.R.N. y D.S.
Autorízace el transito interprovincial
y exportación de un cupo determinado de ejemplares de especie Tayassu
tajacu, con el objeto de caza deportiva en algunas provincias.
Resolución 11/92. S.R.N. y A.H.
Prohibe la exportación de Loro
Hablador (Amazona aestiva), Catita Serrana Común (Bolborhynchus aymara),
Catita ala amarilla (Brotogeris versicolorus), entre otras.
Resolución 007/93. S.R.N. y A.H.
Reglamenta la salida del País
de especies de la Fauna Silvestre consideradas mascotas.
Resolución 1089/98. S.R.N. y D.S.
Prohíbase la caza, el comercio
interprovincial y la exportación de los ejemplares y productos de diversas
especies de la fauna silvestre.
c) Reglamentos relativos a la cría en cautiverio de especies silvestres
Resolución 26/92. S.R.N. y A.H.
Creación del Registro Nacional
de Criaderos. Requisitos que deben cumplimentar los mismos.
Resolución 495/94. S.R.N. y A.H.
Establece especies exceptuadas de la
Res. 26/92 S.R.N.y A.H.
Resolución 283/2000. S.R.N. y D.S.
Autorízase el transito interjurisdiccional, el comercio en jurisdicción federal y la exportación de productos y subproductos de Ñandu y Yacare hocico ancho, provenientes de cría en cautiverio.
d) Otras resoluciones
Resolución 144/83. S.A.G. y P.
Calificación y clasificación
de la Fauna Silvestre. Reglamenta el tamaño de jaulas para el transporte
de especies vivas y el estampillado de productos de la Fauna Silvestre .
Resolución 753/96. S.R.N. y A.H.
Establece la Guía Unica de Transito
a nivel Nacional.
Resolución 376/97. S.R.N. y D.S.
Establece la Evaluación de Impacto
Ambiental previa a la introducción de nuevas Especies Exóticas.
Resolución 208/98. S.R.N. y D.S.
Reglamenta la Integración del
Registro Nacional de Cazadores Deportivos.
Resolución 209/98. S.R.N. y D.S.
Integración de la Comisión
Asesora de la Fauna Silvestre y su Hábitat.
Resolución 620/98. S.R.N. y D.S.
Reglamenta la exportación de productos
y subproductos de la Fauna Silvestre con fines científicos.
Resolución 614/98. S.R.N. y D.S.
Resolución Conjunta entre la SRNyDS
y SAGPyA
Disposiciones que regirán la documentación que ampare el tránsito
interprovincial y la exportación de carne de ciervo colorado, axis o
dama.
Resolución 974/98. S.R.N. y D.S.
Declarase como dañinas y perjudiciales
para las actividades productivas a las especies de aves, estornino pinto (Sturnus
vulgaris)y estornino crestado (Acridotheres cristatellus).
Resolución 1387/99. S.R.N. y D.S.
Apruebanse los aranceles de exportación,
importación y comercio interno de fauna silvestre y por salida e ingreso
al país de trofeos de caza.
Resolución 44/2000. S.R.N. y D.S.
Prohíbese el ingreso o egreso
del País por vía aérea de ejemplares vivos si no se cumplen
las condiciones establecidas por la resolución de la Asociación
del Transporte Aéreo Internacional (I.A.T.A. Nº 620) .
IV . Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas
de la Fauna y Flora Silvestres. (Convención CITES)
Ley Nacional 22.344
Aprueba la Convención sobre el
Comercio de Especies de la Fauna y Flora Silvestre Amenazada.
Decreto Nacional 522/97. S.R.N. y D.S.
Reglamentación de la Ley 22.344.
Resolución 472/94. S.R.N. y A.H.
Reglamenta la tenencia de especies incluidas
en la Convención CITES por parte de circos y exhibiciones zoológicas.
Resolución 195/98 S.R.N. y D.S.
Aprueba enmiendas a los apéndices
de la Convención CITES.
Resolución 1379/99 S.R.N. y D.S.
Designase a diversas instituciones como
autoridades científicas de la convención sobre el comercio internacional
de especies amenazadas de fauna y flora silvestres.
V . Convenio sobre conservación de la vicuña (Vicugna vicugna)
Ley Nacional 19.282
Aprueba el convenio suscripto entre Argentina,
Bolivia y Perú sobre la conservación de la vicuña.
Ley Nacional 23.582
Aprueba el convenio suscripto entre Argentina,
Bolivia, Perú, Chile y Ecuador sobre la conservación de la vicuña.
Resolución 1121/98 S.R.N. y D.S.
Apruébase un logotipo que debe
ir adjunto al revés de la tela de todo producto elaborado con lana esquilada
de vicuña viva.
Resolución 406/99 S.R.N. y D.S.
Apruébase el logotipo que debe ir adjunto al revés a toda confección realizada con lana esquilada de vicuña viva.
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